Oyente: Xabier Arruza
Título de la consulta: Reclamación aerolíneas
Debido a “problemas técnicos” Easyjet
reprogramó un vuelo saliendo con 16 horas de retraso sobre el horario
previsto, perdiendo la posibilidad de asistir a un congreso. Tras
reclamar sin éxito a la compañía, la Agencia Estatal de Seguridad Área
me reconoció el derecho a recibir una compensación de 250 € por un retraso superior a 3 horas sin justificación suficiente, como el Tribunal Europeo reconoció en 2009. Sin embargo, Easyjet se niega a pagar
alegando que varias compañías aéreas recurrieron dicha sentencia a la
High Court inglesa y hasta que no dicte sentencia no van a hacer frente a
ningún pago por retrasos. ¿Sólo quedaría la vía de reclamar
judicialmente? ¿Merecería la pena?.
Responde el experto: Leonardo Polo (OCU)
Entendemos que en su caso la única vía de reclamación
que le queda es la judicial siendo las posibilidades de éxito elevadas.
Efectivamente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE)
dictaminó que los pasajeros aéreos que sufran un retraso de tres o más
horas tienen derecho a recibir una indemnización de la compañía aérea, a
menos que el retraso se deba a circunstancias extraordinarias, al igual
que en las cancelaciones. El hecho de que determinadas compañías
extranjeras hayan recurrido dicha decisión no es un obstáculo para que
los Juzgados de lo Mercantil estén reconociendo en España este derecho a
una compensación que, en su caso, es de 250 euros.
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